ACUERDO  265-2018-DG

Se Acuerda Derogar Los Acuerdos Número 301-2004-D De Fecha 20/11/2004 Y Acuerdo Número. 302-2004-D De Fecha 20/12/2004, Ambos Aprobados Por El Instituto Guatemalteco De Turismo.


ACUERDO DE
DIRECCIÓN GENERAL No. 265-2018-DG


EL DIRECTOR DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO


CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1701 del Congreso de la República, “Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo", en el artículo 4 literal n) establece que el INGUAT dentro de sus funciones debe orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones, comités y otras entidades que se constituyan con fines de promoción turística.


CONSIDERANDO:

Que el Plan Maestro de Turismo Sostenible 2015-2025 tiene como propósito desarrollar la actividad turística en Guatemala de forma sostenible, fortaleciendo a las instituciones relacionadas con el sector y mejorar los mecanismos de coordinación a nivel nacional, regional, departamental y municipal.


CONSIDERANDO:

Que la Dirección del Instituto Guatemalteco de Turismo, emitió el Acuerdo Número 301-2004-D de fecha veinte (20) de noviembre de dos mil cuatro, que aprobó promover la Organización de los Comités de Autogestión Turística y en Acuerdo de Dirección No. 302-2004-D de fecha veinte (20) de diciembre de dos mil cuatro, aprobó el Reglamento de los Comités de Autogestión Turística. En estos acuerdos se identifican a los Comités de Autogestión Turística como asociaciones privadas sin fines de lucro, autorreguladas por sus estatutos.


CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el artículo 12 del Decreto Número 50-2016 Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2017 del Congreso de la República de Guatemala, vigente para el Ejercicio Fiscal 2018, ninguna entidad del Organismo Ejecutivo puede transferir fondos a organizaciones no gubernamentales, fundaciones, asociaciones u otro tipo de entidades lucrativas o no lucrativas, nacionales e internacionales, para la ejecución de programas y proyectos que no hayan sido aprobados dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2017.


POR TANTO:

Con base en lo considerando y lo establecido en los artículos 3, 4 y 17 del Decreto 1701 del Congreso de la República y sus reformas, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Turismo -INGUAT-


ACUERDA:

 
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