ACTA MUNICIPAL 61-2015.7
Se fijan las Tasas de la Municipalidad de Santa Catarina Pínula, por la contraprestación de servicios municipales que presta la entidad.
*Derogado por el Acta 01-2019.5
PUNTO 7°, ACTA NÚMERO 61-2015
SESIÓN ORDINARIA, DE FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 2015
CONCEJO MUNICIPAL
CONSIDERANDO:
Que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas.
CONSIDERANDO:
Que las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario fijar los valores a las tasas de los diferentes servicios que presta esta Municipalidad a favor de personas individuales y jurídicas, fundados conforme al principio de capacidad de pago, logrando un sistema justo y equitativo, que permita obtener los costos de los recursos humanos y materiales que intervienen en los mismos:
POR TANTO:
Con base en lo que para el efecto preceptúan los artículos 239, 254, 255, de la Constitución Política de la República; y los artículos 3, 9, 11, 33, 35, 42, 68, 72 y 100 del Código Municipal.
ACUERDA:
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