ACUERDO GUBERNATIVO 130-2015
Se faculta al Procurador General de la Nación, para que comparezca ante la Escribana de Cámara y de Gobierno a rescindir con la Municipalidad de Escuintla, el contrato de arrendamiento que se indica.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 130-2015
Guatemala, 7 de mayo de 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que a través de Escritura Pública Número mil trescientos cuarenta y cinco (1,345) de fecha veintinueve de diciembre de mil novecientos setenta y uno, autorizada por el Escribano de Cámara y de Gobierno Eduardo Rivera Morales, la Municipalidad de Escuintla dio en arrendamiento al Estado de Guatemala, una fracción de tres mil quinientos metros cuadrados (3,500.00 Mts.2) que se desmembró de la finca número diez mil novecientos cincuenta y nueve (10959), folio doscientos treinta y siete (237) del libro ochenta y uno (81) de Escuintla, que pasó a constituir la finca rústica número doce mil, seiscientos ochenta y dos (12,682), folio ciento cincuenta y cuatro (154) del libro ciento treinta (130) de Escuintla, por el plazo de cincuenta (50) años para las instalaciones de Reservas Militares del departamento de Escuintla.
CONSIDERANDO
Que en virtud de que el Ejército de Guatemala no hizo uso de la finca rústica mencionada, la Municipalidad de Escuintla solicitó al Ministerio de la Defensa Nacional su devolución, y habiendo ambas partes manifestado su voluntad de rescindir el contrato de arrendamiento suscrito, es procedente emitir el Acuerdo Gubernativo a través del cual se rescinde el referido contrato.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con base en los artículos 1579, 1583, 1584, 1929 inciso 1°. , del Decreto Ley Número 106, del Jefe del Gobierno de la República, Código Civil y artículo 6 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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