RESOLUCIÓN JD.03.12.2014
Reglamento para el transporte de productos forestales y su procedencia licita.
*Derogada por el Acta J.D.05.2020
RESOLUCIÓN No. JD.03.12.2014
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES,
CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL ACTA DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES No. JD.12.2014, DE FECHA ONCE DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE LA CUAL TRANSCRITA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
"ACTA No. JD.12.2014... CUARTO: PUNTOS CENTRALES: 4.1. Seguimiento a la aprobación de las modificaciones al Reglamento para el Transporte de Productos Forestales y su Procedencia Lícita:... III. Emitir la siguiente:
Resolución No. JD.03.12.2014
CONSIDERANDO
Que el Decreto Legislativo Número 101-96, Ley Forestal, establece que el Instituto Nacional de Bosques es una entidad estatal, autónoma, descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa; es el órgano de dirección y autoridad competente del Sector Público Agrícola, en materia forestal.
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva es el órgano superior administrativo del Instituto Nacional de Bosques y dentro de sus atribuciones dicta las disposiciones necesarias para el funcionamiento eficiente de la institución y el cumplimiento de sus fines y aprobar sus reglamentos internos.
CONSIDERANDO
Que es necesario actualizar la normativa del transporte de productos forestales y establecer los mecanismos para la verificación de su procedencia lícita dentro del territorio nacional, con el fin de promover, orientar y normar las actividades forestales, para contribuir al desarrollo económico, social y ambiental, así como, a la reducción de las actividades forestales ilícitas en el país.
POR TANTO
Con base en lo anteriormente considerado y lo preceptuado en los Artículos: 30, 43, 126, 134, 153, 154 y 155 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 14, 15, 16, 19, 63, 64 y 94 del Decreto Número 101-96 del Congreso de la República, Ley Forestal; 1, 2, 3 y 4 del Decreto Número 119-96 del Congreso de la República, Ley de lo Contencioso Administrativo; 1, 61, 62, 63 y 65 del Reglamento de la Ley Forestal.
RESUELVE
Aprobar el Reglamento para el Transporte de Productos Forestales
y su Procedencia Lícita, de conformidad con los artículos siguientes:
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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