ACUERDO SG 078-2013
Se acuerda Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Institución del Procurador de los Derechos Humanos.
ACUERDO NÚMERO SG 078-2013
Guatemala, Junio 2013
EL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el Artículo 14, literal k, de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos, Decreto Número 54-86, reformado por el Decreto Número 32-87 del Congreso de la República, publicado en el Diario de Centro América el 16 de junio de 1987, es atribución del Procurador de los Derechos Humanos organizar la Institución a su cargo, así como regular su funcionamiento interno.
CONSIDERANDO
Que han transcurrido catorce años de encontrarse vigente el Acuerdo SG15-98 y sus reformas mediante el cual fue aprobado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la institución del Procurador de los Derechos Humanos.
CONSIDERANDO
La necesidad de actualizar la Organización y Funcionamiento de la institución del Procurador de los Derechos Humanos, con el objeto de dotarla de una estructura organizativa y de funcionamiento que garantice el fortalecimiento institucional para el cumplimiento de los preceptos legales contenidos en la Constitución Política de la República así como en el cumplimiento de su mandato legal.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confieren la Constitución Política de la República, así como la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos, Decreto No. 54-86 y sus reformas contenidas en el Decreto No. 32-87, ambos del Congreso de la República de Guatemala.
APRUEBA
El siguiente:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA
INSTITUCIÓN DEL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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