DECRETO DEL CONGRESO  11-2012

Ratifica el Decreto Gubernativo Número 1-2012 de fecha 1 de mayo de 2012.


CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 11-2012


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que es obligación del Estado y sus autoridades mantener a los habitantes de la Nación en el pleno goce de los derechos que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza; en casos de estado de sitio puede cesar la plena vigencia de algunos derechos, previa declaratoria del Presidente de la República en Consejo de Ministros, calificando la situación particular según su naturaleza y gravedad, de conformidad con la Ley de Orden Público.


CONSIDERANDO:

Que con fecha uno de mayo de dos mil doce, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, y por las razones expuestas en los respectivos considerandos, emitió el Decreto Gubernativo Número 1-2012, mediante el cual se declara Estado de Sitio en el municipio de Santa Cruz Barillas del departamento de Huehuetenango, durante treinta días.


CONSIDERANDO:

Que no obstante los hechos que se produjeron en el municipio de Santa Cruz Barillas del departamento de Huehuetenango, en los que elementos de las fuerzas de seguridad fueron agredidos, hubo por parte de dichos elementos una respuesta de respeto a la integridad física de los agresores, no obstante la forma violenta en que habían ingresado a las instalaciones de dichas autoridades, actitud que es importante destacar dentro de un sistema de respeto a los derechos humanos actualmente impulsado.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 138, 139 y 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
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