DECRETO GUBERNATIVO  17-2008

Acuerda derogar el Decreto Gubernativo número 16-2008 de fecha 16 de diciembre de 2008, el cual contiene la prorroga por 30 días del plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública.


DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 17-2008

Guatemala, 19 de diciembre del 2008


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que por Decreto Gubernativo número 16-2008 de fecha 16 de diciembre de 2008 se decretó la prorroga por 30 días más del plazo del Estado de Calamidad Pública decretada por medio de Decreto Gubernativo número 9-2008 de fecha 19 de octubre de 2008 ampliado territorialmente por el también Decreto Gubernativo número 10-2008 de fecha 27 de octubre da 2008, en los municipios de: Panzós, Raxruhá, Chísec, Cobán y San Pedro Carchá, en el Departamento de Alta Verapaz; Municipio de Puerto Barrios, El Estor, Morales, Los Amates y Livingston, en el Departamento de Izabal; Municipios de La Libertad, Dolores, Sayaxché, Melchor de Mencos, San Benito, Santa Ana, Flores, San Luis, Poptún, San Andrés, San José y San Francisco, en el Departamento de Petén; y Municipios de Playa Grande Ixcán, Chicamán, Cunén, Nebaj y Chajul en el Departamento de Quiché.


CONSIDERANDO:

Que han cesado las causas que dieron origen a la declaratoria del Estado de Calamidad Pública en los municipios relacionados y que al haberse tomado las acciones y medidas apropiadas para salvaguardar la vida, la integridad, seguridad y bienes de las personas, es procedente dictar las disposición legal respectiva para dar por terminado el Estado de excepción relacionado.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 138, 183, literal r) de la Constitución Política de la Republica de Guatemala; y con fundamento en los artículos 1, y 34 del Decreto Número 7 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley de Orden Público.


EN CONSEJO DE MINISTROS,


DECRETA:

 
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