DECRETO DEL CONGRESO  43-2008

Se ratifica el Decreto Gubernativo No. 6-2008, por el cual se prorroga por treinta días el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, para el Municipio de Palín, Escuintla.


DECRETO NÚMERO 43-2008


EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República, observando la grave situación que aún afecta al municipio de Palín, departamento de Escuintla, emitió en Consejo de Ministros el Decreto Gubernativo Número 4-2008 de fecha 4 de julio de 2008, mediante el cual prorroga por treinta días el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, declarado en el Decreto Gubernativo Número 2-2008 de fecha 2 de junio de 2008, ratificado por el Decreto Número 32-2008 del Congreso de la República de fecha 10 de junio de 2008.


CONSIDERANDO:

Que las condiciones que motivaron la declaratoria de Estado de Calamidad Pública y su prórroga no han sido superadas, y que la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desasta-es de Origen Natural o Provocado -CONRED-, ha informado que la ejecución de los trabajos que se realizan en el municipio de Palín no han concluido, por lo que es necesario extender el plazo de vigencia del Estado de Calamidad.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 138, 171 literal a) y 176, todos de la Constitución Política de la República de Guatemala,


DECRETA:

 
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