EXPEDIENTE  279-2004

Suspensión provisional del Decreto número 56-2003 Ley que prohíbe la percepción de Prestaciones Laborales a Mandatarios y Funcionarios cuyo mandato cuente con un período específico de duración.


EXPEDIENTE No. 279-2004

Oficial 6º. De Secretaría.

Asunto: INCONSTITUCIONALIDAD GENERAL TOTAL. Solicitantes: GUILLERMO ANTONIO PORRAS OVALLE, EN QUIEN UNIFICARON PERSONERÍA LOS DEMÁS COMPARECIENTES. Norma Impugnada: DECRETO NÚMERO 56-2003 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, PUBLICADO EN EL DIARIO DE CENTROAMERICA EL SIETE DE ENERO DEL AÑO EN CURSO.

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, veinte de febrero de dos mil cuatro.

Se tiene a la vista la acción de Inconstitucionalidad General Total del Decreto número 56-2003 del Congreso de la República de Guatemala, publicado en el diario de Centroamérica el siete de enero del año en curso, planteada por Guillermo Antonio Porras Ovalle, en quien unificaron personería los demás comparecientes.


CONSIDERANDO

El Articulo 138 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la Inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables...".

Que en el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual, se decreta la suspensión provisional de la disposición impugnada tal como se indica en la parte resolutiva del presente auto.


CITA DE LEYES

Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,991 veces.
  • Ficha Técnica: 37 veces.
  • Imagen Digital: 37 veces.
  • Texto: 37 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 4 veces.
  • Formato Word: 10 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu