DECRETO GUBERNATIVO 2956
Ley Orgánica del Departamento de Seguros y Previsión de el Crédito Hipotecario Nacional.
*Derogado por el artículo 30 del Decreto No. 1986 del Presidente de la República.
DECRETO NUMERO 2956
JORGE UBICO,
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que es conveniente refundir en un solo cuerpo todas las disposiciones legales concernientes al DEPARTAMENTO DE SEGUROS Y PREVISION DE EL CREDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA, introduciéndoles las reformas que la práctica ha venido aconsejando,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere el inciso 23 del artículo 77 de la Constitución de la República,
DECRETA:
La siguiente
LEY ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE SEGUROS Y PREVISIÓN
DE EL CREDITO HIPOTECARIO NACIONAL DE GUATEMALA
TITULO PRELIMINAR
Objeto de esta ley
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