ACUERDO  1087

Reglamento sobre la Recaudación de Contribuciones al Régimen de Seguridad Social.

*Derogado por el artículo 43 del Acuerdo Gubernativo No. 85-2003 del Presidente de la República

INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

ACUERDO Nº. 1087

Acuérdase dictar Reglamento sobre la Recaudación de Contribuciones al Régimen de Seguridad Social.

LA JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Instituto guatemalteco de Seguridad Social, todos los habitantes de Guatemala que sean parte activa del proceso de producción de bienes y servicios, están obligados a contribuir al sostenimiento del Régimen de Seguridad Social, en proporción a sus ingresos.

Que la experiencia adquirida en la aplicación del Reglamento sobre Recaudación de Contribuciones al Régimen de Seguridad Social, contenido en el Acuerdo número 546 de Junta Directiva, ha permitido conocer la necesidad de modificar algunas de sus disposiciones y adicionar otras que son de relevante importancia en la operatividad del sistema.

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso a) del Artículo 19 de la Ley Orgánica del Instituto,

ACUERDA:

Dictar el siguiente:

REGLAMENTO SOBRE RECAUDACIÓN DE CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 
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