ACUERDO GUBERNATIVO 156-2023
Reglamento de la Ley para el Fomento del Trabajo Marino Mercante Guatemalteco en el Extranjero.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 156-2023
Guatemala, 6 de julio de 2023
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado se organiza para proteger a la persona; su fin supremo es la realización del bien común y el desarrollo integral de la misma; de igual forma, regula que el derecho de trabajo es un derecho y una obligación social, cuyo régimen laboral debe organizarse conforme a los principios de justicia social.
CONSIDERANDO
Que el Código de Trabajo regula lo relativo al trabajo en el mar y vías navegables y preceptúa que para la celebración de contratos con trabajadores guatemaltecos que se realicen por medio de terceros para la prestación de servicios o ejecución de obras fuera de territorio de la República, que se dediquen a la intermediación laboral, deben solicitar permiso previo al Ministerio de Trabajo y Previsión Social; por sus parte, la Ley para el Fomento del Trabajo Marino Mercante Guatemalteco en el Extranjero, señala que corresponde al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, emitir el reglamento de la misma.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 15 de la Ley para el Fomento del Trabajo Marino Mercante Guatemalteco en el Extranjero, Decreto Número 10-2022 del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDA
Emitir, el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY PARA EL FOMENTO DEL TRABAJO MARINO MERCANTE
GUATEMALTECO EN EL EXTRANJERO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 1,355 veces.
- Ficha Técnica: 57 veces.
- Imagen Digital: 57 veces.
- Texto: 51 veces.
- Formato PDF: 12 veces.
- Formato Word: 17 veces.