ACUERDO MINISTERIAL 306-2022
Reglamento del Código de Ética del Ministerio de Gobernación.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 306-2022
Guatemala, 17 de junio de 2022
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, faculta a los Ministros de Estado para ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio; así como para dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados a su ramo y velar por el estricto cumplimiento de las leyes; asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo, establece que al Ministerio de Gobernación le corresponde formular las políticas, cumplir y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden público, la seguridad de las personas y de sus bienes, la garantía de sus derechos.
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo Ministerial número 204-2022, de fecha 19 de abril de 2022, del Ministerio de Gobernación, se emite el "Código de Ética", el cual tiene por objeto establecer normas y principios éticos, aplicables al desempeño de actividades y la conducta de las personas que prestan sus servicios en el Ministerio de Gobernación, con la finalidad de fomentar acciones para el fortalecimiento de la ética y valores de la Institución; y que en el artículo 27 se indica la creación del Reglamento correspondiente para establecer las acciones y procedimientos pertinentes.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales f) y m) y 36 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 4 y 7 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007 del Presidente de la República, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación.
ACUERDA
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA DEL MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 706 veces.
- Ficha Técnica: 28 veces.
- Imagen Digital: 28 veces.
- Texto: 20 veces.
- Formato PDF: 2 veces.
- Formato Word: 5 veces.