ACUERDO MINISTERIAL  325-2012

Se Reforma el Acuerdo Ministerial SP-M-239-2004, en el cual se crearon los Programas de Atención a las Personas

*Derogado por el artículo 7 del Acuerdo Ministerial 461-2012 del Ministro de Saluud Pública y Asistencia Social de fecha 13-06-2012.


ACUERDO MINISTERIAL No. 325-2012

Guatemala, 13 de abril de 2012


EL VICEMINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL
ENCARGADO DEL DESPACHO


CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo Ministerial SP-M-239-2004, de fecha seis de enero de dos mil cuatro, reformado por los Acuerdos Ministeriales números 850-2010 y 581-2011, de fechas diecinueve de octubre del dos mil diez y diecinueve de diciembre del dos mil once, respectivamente, se crearon los Programas de Atención a las Personas, bajo la dirección del Departamento de Regulación de los Programas de Atención a las Personas de la Dirección General de Regulación, Vigilancia y Control de la Salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social;


CONSIDERANDO:

Que para una mejor coordinación de las acciones que ejecuten las dependencias de este Ministerio y tomando en consideración que es obligación del Estado, la promulgación de de acciones con el objeto de velar por el completo bienestar físico, mental y social de todos los habitantes del país, es imperativo emitir el presente Acuerdo Ministerial con el propósito de que sea la Dirección General del Sistema Integral de Atención en Salud, la dependencia responsable de dirigir y conducir el proceso de organización y desarrollo de los servicios públicos de salud, articulando, funcionalmente, los distintos establecimientos que conforman la red de servicios públicos;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo y 9 literal a) y 17, literal f) del Código de Salud;


ACUERDA:

Emitir la siguiente:


REFORMA AL ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO SP-M-239-2004, DE FECHA SEIS DE ENERO DE DOS MIL CUATRO, REFORMADO POR LOS ACUERDOS MINISTERIALES NUMEROS 850-2010 Y 581-2011, DE FECHAS DIECINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ Y DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE, RESPECTIVAMENTE,

 
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