ACUERDO MINISTERIAL  23-2010

Acuerda emitir el Reglamento del Registro de Proveedores del Estado.

*Derogado por el Acuerdo Ministerial 563-2018


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 23-2010

Guatemala, 22 de abril de 2010


EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO:

Que derivado de la rectoría en el sistema de contrataciones, establecido por la literal t de la Ley del Organismo ejecutivo y lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, es necesario regularizar el uso y los requisitos para formar parte del Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas coordinado y administrado por la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con el objeto de identificar a los proveedores de bienes, servicios y suministros del Estado para prevenir que el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado como de cualquier entidad pública nacional, sea utilizado en el lavado de dinero y otros activos así como en prácticas comerciales en detrimento del interés público.


CONSIDERANDO:

Que la información y documentos anexados electrónicamente en el Registro de Proveedores en el sistema de -GUATECOMPRAS- serán públicos y deberán mantenerse actualizadas para otorgar certeza y credibilidad respecto a quienes son los proveedores del Estado. El Registro brindará mayor eficacia y funcionalidad y se continuarán utilizando para su inscripción procedimientos sencillos, ágiles y gratuitos que permitan lograr el máximo de información, seguridad y confiabilidad.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 79 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 43, 54 y 54 bis de su Reglamento, el Registro de Proveedores funcionará conforme lo determine el presente reglamento.


POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confieren los Artículos 194 Literal a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales a), c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República; 79 de la ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92 del Congreso de la República y 43 de su Reglamento.


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO DEL REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO ASPECTOS GENERALES

 
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