ACUERDO COM-042-08
Reglamento para la Formación de Planes Locales de Ordenamiento Territorial.
ACUERDO COM-042-08
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, les corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para el cumplimiento de sus fines propios, especialmente lo relacionado con el ordenamiento territorial de su jurisdicción.
CONSIDERANDO:
Que con fecha 13 de octubre del año dos mil ocho el Concejo Municipal emitió el Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Guatemala, el cual contempla la formulación de Planes Locales de Ordenamiento Territorial para adaptar la planificación a las condiciones particulares de las distintas delegaciones de la ciudad, siendo necesario establecer las normas y procedimientos para su formulación.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado, y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35 en los incisos a), b), i), z), 42, 142, 143 y 144 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala; 5, 17, 19, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 34, 58, 86, 97, 106, 107, 108, 109, 110, 112 y 114 del Plan de Ordenamiento Territorial, Acuerdo COM 030-08 del Concejo Municipal del Municipio de Guatemala.
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA FORMULACIÓN DE PLANES LOCALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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