DECRETO DEL CONGRESO 27-2007
Ratifica el Decreto Gubernativo número 3-2007, de fecha 08 de mayo de 2007, emitido por el Presidente de la República, por el cual se prorroga por 30 días el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública en el Barrio denominado San Antonio.
DECRETO NÚMERO 27-2007
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que derivado del hundimiento en el Barrio San Antonio, el Vicepresidente de la República en funciones de Presidente de la República, considerando la grave situación que aún afecta a dos sectores del Barrio denominado San Antonio, zona 6 del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, emitió en Consejo de Ministros el Decreto Gubernativo Número 2-2007, mediante el cual prorroga por treinta días el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, declarado en el Decreto Gubernativo Número 1-2007, ratificado y reformado por el Decreto Número 12-2007 del Congreso de la República.
CONSIDERANDO:
Que las condiciones que motivaron la declaratoria de Estado de Calamidad Pública y su prórroga no han sido superadas, y que la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado -CONRED-, ha informado que la ejecución de los trabajos que se realizan en el Barrio San Antonio no han concluido, resulta necesario extender el plazo dé vigencia del Estado de Calamidad.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 138, 171 literal a) y 176, todos de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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