ACUERDO 03-2007
Funcionamiento del Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, con sede en el municipio de Villa Nueva, Guatemala.
ACUERDO No. 03-2007
Considerando
Que el Organismo Judicial, tiene la potestad para que, a través de la Corte Suprema de Justicia, determine la sede y distrito que corresponda a cada órgano jurisdiccional y distribuya la competencia por razón de la materia, de la cuantía y del territorio.
Considerando
Que la Corte Suprema de Justicia ha iniciado un proceso de ampliación de la cobertura de los servicios que prestan los órganos jurisdiccionales con la finalidad de favorecer el acceso a la justicia y contribuir, en la función que le corresponde, a reducir los niveles de impunidad mediante la emisión de resoluciones en tiempo oportuno que evite el rezago judicial y contribuya a la consolidación de una justicia pronta y cumplida.
Considerando
Que para alcanzar los fines de una pronta y cumplida administración de justicia se hace necesario reorganizar y redistribuir la competencia material y territorial de los órganos jurisdiccionales penales ubicados en el Municipio de Villa Nueva, departamento de Guatemala, para otorgar a la población de dicha localidad y de los municipios de Villa Canales, San Miguel Petapa y Amatitlán del mismo departamento, el acceso a una justicia penal pronta, en condiciones de igualdad, gratuidad, identidad, cultura e idioma y garantizar así, una gestión del despacho judicial eficiente y eficaz, que coadyuve a su vez, a contrarrestar la criminalidad observada en los últimos años en Guatemala.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 43, 44, 47, 49 y 52 del Código Procesal Penal; 77, 54 literales a) y f) y 94 de la Ley del Organismo Judicial, e integrada como corresponde,
ACUERDA
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