ACUERDO  1032

Suspende en forma temporal a partir del 2 de enero de 1996, la vigencia del Acuerdo número 1024 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

Acuerdo número 1032

LA JUNTA DIRECTIVA DEL
INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social emitió el Acuerdo número 1024, para la aplicación a partir del 2 de enero de 1996 en el Departamento de Suchitepéquez, del Programa sobre Protección relativa a Enfermedad y Maternidad, con las modalidades establecidas en dicho Acuerdo.

Que no obstante los esfuerzos realizados por la Institución, no fue posible iniciar la extensión de cobertura al Departamento de Suchitepéquez en la fecha prevista; y, no estando aún en posibilidades de otorgar una adecuada atención a los afiliados y beneficiarios del mencionado departamento, se hace necesario suspender temporalmente la aplicación de dicho programa.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 19, inciso a) del Decreto número 295 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,

ACUERDA:

 
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