ACUERDO GUBERNATIVO  369-99

Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas

*Derogado por artículo 57 del Acuerdo Gubernativo 620-2003 del Presidente de la República

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 369-99

Guatemala, 18 de junio de 1999.

El presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Número 114-97 del Congreso de la República fue emitida la Ley del Organismo Ejecutivo, a fin de desarrollar los preceptos constitucionales sobre la organización, atribuciones y funcionamiento del Organismo Ejecutivo, cuyas funciones deben ejercitarse con arreglo a los principios de solidaridad, subsidiariedad, trasparencia, probidad, eficacia, eficiencia, descentralización y participación ciudadana.

CONSIDERANDO:

Que el propósito y filosofía de la Ley del Organismo Ejecutivo se orientan a modernizar y hacer más eficiente la administración pública, a través del ejercicio de la función administrativa y la formulación y ejecución de las políticas de gobierno, con las cuales deben coordinarse las entidades que forman parte de la administración descentralizada.

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la estructura administrativa que establece el artículo 24 de la Ley del Organismo Ejecutivo, se considera necesario contar con un nuevo Reglamento Orgánico Interno para el Ministerio de Energía y Minas, mediante el cual se establezca su organización y funcionamiento, que dinamice los procesos administrativos acorde a las exigencias de la modernización del Estado.

POR TANTO;

En ejercicio de la función que le confiere el Artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los Artículos 19, 24, 27 literal a) y 49 de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto No. 114-97 del Congreso de la República.

ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

"REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS"

TITULO I

NATURALEZA Y FUNCIONES

CAPITULO UNICO

 
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