DECRETO LEY  126-83


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Se decreta que cuando en cualquier clase de proceso judicial, se tenga interés en aportar como medio de prueba la declaración de parte o confesión del Estado, de alguno de sus organismo.

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO LEY 
NUMERO DEL DOCUMENTO 126-83 
FECHA DE EMISION 13/10/1983 
CONTENIDO Se decreta que cuando en cualquier clase de proceso judicial, se tenga interés en aportar como medio de prueba la declaración de parte o confesión del Estado, de alguno de sus organismo. 
EMISOR JEFE DE ESTADO 
ENTIDAD ASIGNADA JEFE DE ESTADO 
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: CIII Número: -- Página: 144-145
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 14/10/1983 
Vigente 22/10/1983 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
Efectos Producidos por la Ley --
Efectos Producidos a la Ley --
Temas

Civil procedure
Courts
Government employees
Government organization


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