DECRETO DEL CONGRESO 88-83
Se deroga el D.Ley 71-83 que estableció el Estado de Alarma
DECRETO LEY NUMERO 88-83
EL JEFE DE ESTADO
CONSIDERANDO:
Que es conveniente restablecer plenamente las garantías individuales instituidas en el Estatuto Fundamental de Gobierno, a efecto de que los ciudadanos puedan dedicarse sin obstáculos ni cortapisas de ninguna especie a todas las actividades garantizadas por la ley, incluidas las actividades políticas;
CONSIDERANDO:
Que para la consecución de tales propósitos, se hace necesario derogar el Decreto Ley número 71-83, por medio del cual se estableció el Estado de Alarma en todo el territorio de la República,
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4° del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Ley números 36-82 y 87-83.
En Consejo de Ministros,
DECRETA:
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