DECRETO DEL CONGRESO  88-83

Se deroga el D.Ley 71-83 que estableció el Estado de Alarma


DECRETO LEY NUMERO 88-83


EL JEFE DE ESTADO


CONSIDERANDO:

Que es conveniente restablecer plenamente las garantías individuales instituidas en el Estatuto Fundamental de Gobierno, a efecto de que los ciudadanos puedan dedicarse sin obstáculos ni cortapisas de ninguna especie a todas las actividades garantizadas por la ley, incluidas las actividades políticas;


CONSIDERANDO:

Que para la consecución de tales propósitos, se hace necesario derogar el Decreto Ley número 71-83, por medio del cual se estableció el Estado de Alarma en todo el territorio de la República,


POR TANTO,

En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4° del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Ley números 36-82 y 87-83.


En Consejo de Ministros,


DECRETA:

 
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