ACTA MUNICIPAL  31-2025.4

Reglamento para la operación y administración de aguas y drenajes del municipio de Cuyotenango, Suchitepéquez.

ACTA No. 31-2025, PUNTO CUARTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CUYOTENANGO DEL DEPARTAMENTO SUCHITEPEQUEZ. CERTIFICA. HABER TENIDO A LA VISTA EL LEGAJO DE HOJAS MOVIBLES DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL No. 01-2025, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL ACTA No. "31-2025", CELEBRADA POR EL CONCEJO MUNICIPAL EL DIA VIERNES CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO. EN DONDE SE ENCUENTRA EL PUNTO CUARTO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:

CUARTO: El Ciudadano Alcalde Municipal Profesor Jorge Arturo Reyes Ceballos, hace del conocimiento al Honorable Concejo Municipal Sesionante sobre la propuesta del "REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE AGUAS Y DRENAJES DEL MUNICIPIO DE CUYOTENANGO, SUCHITEPEQUEZ", el cual tiene como objeto establecer los lineamientos a que deben sujetarse todos los usuarios que utilizan el servicio de aguas y drenajes dentro del territorio de Cuyotenango, Suchitepéquez, mismo que fue analizado y revisado por los Señores: Alejandra López Velásquez, Encargada de Oficina de Aguas y Drenajes; Jorge Luis García López, Director Financiero Municipal; Juan Alberto Morales Campos, Gerente Municipal; Manuel de la Cruz Yancor Guatzin, Juez de Asuntos Municipales; Lic. Nicolás Santiago Shar Chic, Supervisor de Tesorería; Licda. Mayra Carolina Méndez Ochoa, Auditora Interna Municipal; Lic. José Rivelino Díaz Enríquez, Asesor Jurídico Interno y con el Vo.Bo. de Manuel de Jesús Castañeda Méndez, Concejal Primero. Quienes solicitan sea Autorizado y Aprobado para el efecto el "Reglamento para la Operación y Administración de Aguas y Drenajes del Municipio de Cuyotenango, Suchitepéquez". El Honorable Concejo Municipal del Municipio de Cuyotenango, Departamento de Suchitepéquez. CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde al Concejo Municipal, la deliberación y decisión del gobierno y administración del municipio y dentro de sus competencias está la de emitir ordenanzas y reglamentos que establezcan o regulen sus formas de organización, para el cumplimiento de sus fines. CONSIDERANDO: Es competencia de la Municipalidad de Cuyotenango la creación de la infraestructura para el almacenamiento y distribución del Vital Líquido (Agua potable). Así mismo el flujo de las aguas residuales a través del drenaje en general. CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias propias del municipio está de abastecer de agua potable a todos los habitantes del Municipio de Cuyotenango, Suchitepéquez; y asegurar la higiene y la salud pública de la población. CONSIDERANDO: Que es de competencia de la Municipalidad el mantenimiento de la infraestructura (tanques) como almacenamiento del agua potable, y a la vez el mantenimiento del drenaje en general. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 6, 9, 33, 35, literales a), e), i), k), 42, 68 literal a) del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas. ACUERDA: I.) EMITIR EL SIGUIENTE:

REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE AGUAS Y
DRENAJES DEL MUNICIPIO DE CUYOTENANGO, SUCHITEPÉQUEZ.

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES

 
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