DECRETO DEL CONGRESO  44-75

Se decreta conceder exoneración del pago de los impuestos de importación tasas y demás cargas y sobrecargas que recaigan sobre los instrumentos de medicinas.

Decreto No. 44-75

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

Que es obligación fundamental del Estado velar por la salud del pueblo, así como brindar las facilidades necesarias para que las entidades encargadas de la misma, puedan cumplir a cabalidad con su cometido;

CONSIDERANDO:

Que la Liga Nacional contra el Cáncer y el Instituto de Cancerología desarrollan una gran labor humanitaria a favor de la salud del pueblo de Guatemala, por lo que es necesario brindarle la ayuda y beneficios fiscales por parte del Estado,

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere el artículo 170 de la Constitución de la República.

DECRETA:

 
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