ACUERDO COM-48-2024
Reglamento de Incentivos de Ordenamiento Territorial.
ACUERDO No. COM-48-2024
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, les corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para la obtención de recursos y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO
Que el artículo 142 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, establece en su primer párrafo que las municipalidades están obligadas a formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y desarrollo integral de sus municipios y por consiguiente, les corresponde la función de proyectar, realizar y reglamentar la planeación, proyección, ejecución y control urbanísticos, así como la preservación y mejoramiento del entorno y el ornato; y el artículo 147 en su primer párrafo establece que la municipalidad está obligada a formular y efectuar planes de ordenamiento territorial, de desarrollo integral y planificación urbana de sus municipios, en la forma y modalidades establecidas en el primer párrafo del artículo 142.
CONSIDERANDO
Que la Ley Marco para Regular la Reducción de la Vulnerabilidad, la Adaptación Obligatoria Ante los Efectos del Cambio Climático y la Mitigación de Gases de Efecto Invernadero, Decreto 7-2013 del Congreso de la República de Guatemala, establece en su artículo 2 que su fin principal es que el Estado de Guatemala a través del Gobierno Central, entidades descentralizadas, entidades autónomas, las municipalidades, la sociedad civil organizada y la población en general, adopten prácticas que propicien condiciones para reducir la vulnerabilidad, mejoren las capacidades de adaptación y permitan desarrollar propuestas de mitigación de los efectos del cambio climático producto por las emisiones de gases de efecto invernadero, es por ello que en el presente Reglamento es necesario incluir disposiciones normativas y prácticas incentivables que se encuentren alineadas a dichos fines.
CONSIDERANDO
Que con fecha 13 de octubre del año 2008 el Concejo Municipal emitió el Acuerdo número COM-030-08, Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala, en el cual dispuso que el Concejo Municipal establecerá un régimen de incentivos. Para dicho efecto mediante el Acuerdo número COM-16-2009, se aprobó el actual Reglamento de Incentivos de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Guatemala. Habiendo transcurrido 15 años de su implementación, por medio del presente Acuerdo se emite un nuevo Régimen de Incentivos con el objeto de adecuar la normativa a las necesidades territoriales del municipio.
CONSIDERANDO
Que el régimen de incentivos debe conceptualizarse como una herramienta de gestión y desarrollo del territorio, herramienta que tiene por objeto cumplir con las políticas públicas de ordenamiento territorial establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio de Guatemala, cuyo cumplimiento, a su vez, puede alcanzarse a través de la realización de prácticas incentivables y aportaciones urbanísticas, en las que coadyuven los desarrolladores y la Municipalidad de Guatemala para lograr, entre ambos, una adecuada distribución de las obligaciones y los beneficios otorgados por la normativa urbanística.
POR TANTO
Con fundamento en lo considerado, y en lo que para el efecto establecen los artículos: 39, 44, 97, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35 en sus incisos a), b), e), i), w), y) y aa), 42, 67, 68 incisos f), m) y I), 100, 101, 142 y 147 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas; 1, 2, 3, 6, 7, 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28 y 31 de la Ley de Vivienda, Decreto 9-2012 del Congreso de la República de Guatemala; 6 y 12 de la Ley Marco para Regularla Reducción de la Vulnerabilidad, la Adaptación Obligatoria Ante los Efectos del Cambio Climático y la Mitigación de Gases de Efecto Invernadero, Decreto 7-2013 del Congreso de la República; 4, 7, 12, 42 al 47, 85, 92, 97 y 102 del Plan de Ordenamiento del Territorial del Municipio de Guatemala, Acuerdo número COM-030-08 y sus reformas; 2, 3, y 7 del Acuerdo número COM-23-2023, Delimitación de las Regiones Norte, Centro y Sur y Creación de los Distritos de Oportunidad en el Municipio de Guatemala.
ACUERDA
Emitir el siguiente Reglamento de observancia general denominado:
REGLAMENTO DE INCENTIVOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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