ACTA MUNICIPAL  01-ORD-2025.9

Aprobar y autorizar una amnistía total a las multas y recargos por mora, incurrida por todos y cada uno de los contribuyentes por falta de pago de arbitrios (...) y otros, de la Municipalidad de Santo Tomás La Unión, departamento de Suchitepéquez.


ACTA NÚMERO 01-ORD-2025, PUNTO NOVENO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTO TOMAS LA UNIÓN DEL DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA LOS LIBROS DE ACTAS DE SESIONES PUBLICAS ORDINARIAS Y EXTRA ORDINARIAS QUE SE LLEVAN EN ESTA SECRETARÍA, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA ORDINARIAS NÚMERO 01-ORD-2025 CELEBRADA EL DIA MARTES 07 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, EN DONDE APARECE EL PUNTO NOVENO QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:

NOVENO: AMNISTIA TOTAL A LAS MULTAS Y RECARGOS POR MORA DE LA MUNICIPALIDAD Y SUS DEPENDENCIAS POR UN MES. El señor Alcalde Municipal propone al pleno que se conceda amnistía total A LAS MULTAS Y RECARGOS POR MORA, INCURRIDA POR TODOS Y CADA UNO DE LOS CONTRIBUYENTES POR FALTA DE PAGO DE ARBITRIOS TASAS Y OTROS CONTRIBUCIONES EN GENERAL, QUE INCLUYE A LOS INQUILINOS O LOCATARIOS Y QUE TENGAN CONSECUENCIA DEL PAGO DE PISO DE PLAZA DEL MERCADO MUNICIPAL, AUTOBUSES EXTRAURBANOS, Y OTROS, solicitando en esta oportunidad que si fuera posible que se conceda por dos meses a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo, ya que las personas jurídicas e individuales no han podido cumplir con el pago de rentas de locales, cancelación de arbitrios de vehículos etc. Por lo anterior se deja a consideración de los señores del Concejo Municipal para lo que tengan a bien disponer. El Honorable Concejo Municipal, del municipio de Santo Tomás La Unión CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos conforme a la disponibilidad de recursos. CONSIDERANDO: Que el concejo municipal podrá resolver, con el voto favorable de sus integrantes la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale y con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 257, 260, 261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3, 5, 6, 33, 35, incisos a, i, n, 38, 40, 42, 67,72, inciso e, 101,105,107, del Código Municipal Decreto 12-2002. CONSIDERANDO: Que debido a la situación económica por la que atraviesa la población en general en este municipio y con el propósito de descargar la cartera de morosidad en un buen porcentaje en el pago de multas y recargos por falta de pagos de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre y cuanto se dé la buena voluntad de parte de los interesados y contribuyentes acogerse a la amnistía, por lo que es procedente tomar las acciones y facultades que se estimen convenientes y necesarias. POR TANTO: Este Honorable Concejo Municipal del municipio del departamento de Santo Tomás La Unión , con fundamento en los considerado y los artículos 253, 254, 255, 257, 260, 261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3, 5, 6, 33, 35, incisos a, i, n, 38, 40, 42, 67, 72, inciso e, 101, 105, 107, del Código Municipal Decreto 12-2002. Por unanimidad ACUERDA:

 
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