ACUERDO GUBERNATIVO  234-2024

Se acuerda aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos de la Inspección General de Cooperativas -INGECOP- para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 234-2024

Guatemala, 13 de diciembre de 2024


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que la Inspección General de Cooperativas -Ingecop-, con base en lo que establece el Decreto Número 82-78 del Congreso de la República de Guatemala, Ley General de Cooperativas, Artículo 55, literal i), emite la Resolución Número IGC-043-2024 de fecha 15 de julio de 2024, por medio de la cual aprueba el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Entidad, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, establece que los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las Autoridades de la Inspección General de Cooperativas -Ingecop-, son autorizadores de egresos en cuanto a su presupuesto, por consiguiente quedan responsables de la programación, reprogramación y ejecución de los ingresos y egresos de su Entidad, la cantidad formulada en su presupuesto y la utilización correcta de las asignaciones programadas para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticinco; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas, conforme al referido Decreto, Artículo 17.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 345 del 06 DIC 2024, emitido Por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 292-2024 del 09 DIC. 2024 del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Articulo 183, literales e) y q); y, con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40 y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada ley, Artículo 43.


ACUERDA

 
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