ACTA MUNICIPAL  281-2024.8

Reglamento municipal para el control ventas de juegos pirotécnicos, en el municipio de Huehuetenango, departamento de Huehuetenango.


ACTA NÚMERO 281-2024 PUNTO OCTAVO

ACTA NÚMERO: DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO GUIÓN DOS MIL VEINTICUATRO, (281-2024) ; DE FECHA: OCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, (08/11/2024) ; APARECE EL PUNTO OCTAVO. REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL CONTROL DE VENTAS DE JUEGOS PIROTÉCNICOS EN EL MUNICIPIO DE HUEHUETENANGO, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO. El Honorable Concejo Municipal de la Municipalidad del Municipio de Huehuetenango, del departamento de Huehuetenango, CONSIDERANDO: Que se encuentra vigente el Decreto Ley 123-85, Ley de Especies estancadas, mismo que fue reformado por el Decreto 73-2007 del Congreso de la República de Guatemala, mediante el cual se le confieren facultades a los Alcaldes Municipales de la República de Guatemala, para coadyuvar el proceso de control de fabricación y distribución de salitre y pólvora negra en sus respectivas jurisdicciones. CONSIDERANDO: Que, el artículo 15 de la Ley de Especies Estancadas, se disponen algunas prohibiciones de importación y venta, entre ellas de cohetillos y otros artificios pirotécnicos de la misma clase o variedad de manufactura extranjera, similares a los producidos por la industria nacional, y lo relacionado a otras prohibiciones como la de importación, producción, almacenamiento y comercialización de los productos denominados canchinflines y silbadores. CONSIDERANDO: Que, a partir del año mil novecientos noventa y nueve, en un esfuerzo interinstitucional se lanzó por primera vez el PLAN BELÉN, mismo que involucra a entidades del Organismo Ejecutivo, cuerpos de socorro, autoridades y entidades municipales, para llevar a cabo acciones tendientes a evitar, prevenir y reducir los incidentes ocasionados por fuegos artificiales durante las celebraciones de fin de año, mediante la supervisión de ventas de juegos pirotécnicos y campadas de formación para comerciantes y compradores de juegos pirotécnicos. CONSIDERANDO: Que, en el municipio de Huehuetenango, del departamento de Huehuetenango se ha tenido registro de siniestros provocados en expendios de juegos pirotécnicos y que estos han repercutido en la seguridad de predios y viviendas vecinas y sus habitantes. POR TANTO: En observancia a los artículos 154 y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 3 y 35 del Código Municipal, ACUERDA: EMITIR EL REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL CONTROL DE VENTAS DE JUEGOS PIROTÉCNICOS, EN EL MUNICIPIO DE HUEHUETENANGO, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.

 
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