ACTA MUNICIPAL 82-2024.8
Se acuerda aprobar el Reglamento de tasas municipales de la Municipalidad de Dolores, departamento de Petén.
ACTA NÚMERO 82-2024
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE DOLORES. DEPARTAMENTO DE PETÉN.
CERTIFICA:
Que para el efecto tiene a la vista el libro de hojas móviles de Actas de Sesiones Públicas Ordinarias y Extraordinarias que celebra el Honorable Concejo Municipal del municipio de Dolores, del departamento de Petén, quince (15) de Actas de Sesiones Públicas Ordinarias y Extraordinarias que celebra el Honorable Concejo Municipal de Dolores, Petén, Número 025-2024 Autorizado por la Contraloría General de Cuentas el cinco de febrero de dos mil veinticuatro, con número de Cuentadancia 2022-1700-1708-22-001 en el que se encuentra el Acta número OCHENTA Y DOS GUION DOS MIL VEINTICUATRO, (82-2024)celebrada el día diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, cuyo punto resolutivo, OCTAVO: Que literalmente dice: OCTAVO: El Honorable Concejo Municipal del municipio de Dolores, departamento de Petén, expresa su preocupación por la falta de un reglamento de tasas municipales acorde a la realidad económica que se vive y que es necesario de forma urgente aprobar el presente reglamento de tasas municipales de los diferentes servicios que presta la municipalidad y que habrá que aplicar de forma inmediata a partir de la vigencia de dicho reglamento; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde a la Municipalidad la función de atender los servicios públicos locales, que por lo dispuesto en el Código Municipal (Decreto 12-2002 del Congreso de la República) la Corporación Municipal emite las disposiciones necesarias, el establecimiento, regulación y atención de los mismos servicios; así como de las ordenanzas y reglamentos de su municipio, ejecutarlos y hacerlos ejecutar. CONSIDERANDO: Que el Código Municipal establece que en ejercicio de la autonomía municipal, el municipio debe disponer de sus recursos patrimoniales y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, en el fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas CONSIDERANDO: Que el Código Municipal en su artículo 35, reformado por el artículo 7 del Decreto Legislativo 22-2010 en su literal i) regula como atribución general del Concejo Municipal, la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. Así mismo en su artículo 100 en sus literales e), h), s) entre otros, expresan las fuentes de ingreso de las municipalidades. CONSIDERANDO: Que resulta necesario regular todo lo relacionado al área administrativa en lo concerniente a las tasas municipales que por ley y norma general, todos los vecinos deben apegarse acorde a las ordenanzas y reglamentos emitidos dentro del territorio jurisdiccional.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 121, 224, 253 y 254 de la Constitución de la República de Guatemala; así como los artículos 3, 7, 9, 35 inciso a), e), i); 68 incisos a), f), j), 100 incisos e), h), s), 142 y 147 todos del Código Municipal y sus reformas aprobadas en Decreto Legislativo 22-2010 del Congreso de la República, éste Concejo Municipal por Unanimidad:
ACUERDA: I) Aprobar el REGLAMENTO DE TASAS MUNICIPALES DE LA MUNICIPALIDAD DE DOLORES, DEPARTAMENTO DE PETEN; el cual es de observancia general y aplicabilidad en la jurisdicción del municipio de Dolores del departamento de Petén.
TÍTULO I
GENERALIDADES
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