ACUERDO MINISTERIAL  1131-2024

Se acuerda declarar como Patrimonio Cultural Intangible de la Nación, la manifestación cultural denominada: "T'MYAL TNAM TE TOJCH'UM (La hija del pueblo del pajón)", del municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 1131-2024

Guatemala, 20 de agosto de 2024


EL MINISTRO DE CULTURA Y DEPORTES


CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es obligación primordial del Estado proteger, fomentar y divulgar la cultura nacional; emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento y preservación, así como reconocer el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores y tradiciones. Forman el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes y valores paleontológicos, arqueológicos, históricos y artísticos del país, y están bajo la protección del Estado.


CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 2 del Decreto número 26-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que forman parte del Patrimonio Cultural de la Nación, los bienes e instituciones que por ministerio de ley o por declaratoria de autoridad, lo integren y constituyan bienes muebles o inmuebles, públicos y privados, relativos a la paleontología, arqueología, historia, antropología, arte, ciencia y tecnología, y la cultura en general, incluido el patrimonio intangible, que coadyuven al fortalecimiento de la identidad nacional. El Artículo 3 del referido cuerpo normativo, establece que el Patrimonio Cultural Intangible es el constituido por instituciones, tradiciones y costumbres tales como: la tradición oral, musical, medicinal, culinaria, artesanal, religiosa, de danza y teatro; asimismo, la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial establece en el Artículo 2 que, se entiende como "patrimonio cultural inmaterial" los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas.


CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural del Ministerio de Cultura y Deportes, por medio de sus unidades, emitió las siguientes opiniones y dictámenes: a) Opinión Técnica No DTPCi-05-2024/AMLC de fecha 5 de agosto de 2024, emitida por la Dirección Técnica de Patrimonio Intangible; b) Dictamen Técnico No 72-2023/DT-IDAEH de fecha 14 de diciembre de 2023, emitida por el Instituto de Antropología e Historia -IDAEH-; y c) Dictamen Jurídico Número DAJ-DGPCYN-43-2024, de fecha 16 de agosto de 2024, emitido por la Delegación de Asuntos Jurídicos, los cuales determinaron que es procedente declarar como Patrimonio Cultural Intangible de la Nación, la manifestación cultural denominada: "T'MYAL TNAM TE TOJCH'UM (LA HIJA DEL PUEBLO DEL PAJÓN)", del municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos.


CONSIDERANDO:

Que, tomando en cuenta los elementos históricos, sociales y culturales de la manifestación cultural denominada "T' MYAL TNAM TE TOJCH'UM (LA HIJA DEL PUEBLO DEL PAJÓN)", del municipio de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos; la Dirección Técnica de Patrimonio Cultural Intangible considera que esta expresión enaltece la cultura, cosmogonía y sabiduría ancestral maya-mam, representa elementos propios y tradicionales de la población en dicho municipio; además, contribuye al fortalecimiento de su cultura viva, la participación comunitaria y el empoderamiento de la mujer promoviendo el respeto hacia la diversidad cultural y creatividad humana. Por lo anterior, se considera de suma importancia establecer los mecanismos necesarios para su valoración a nivel nacional, salvaguarda y transmisión. El presente Acuerdo es de estricto interés del Estado.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y con fundamento en los Artículos 58, 59, 60 y 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), f) y m) y 31 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 1, 2, 3 y 70 del Decreto Número 26-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, 29, 30, 31 y 32 del Acuerdo Gubernativo Número 37-2019 de fecha 4 de marzo de 2019, Reglamento de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación; 7 del Acuerdo Gubernativo número 27-2008 de fecha 10 de enero de 2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.


ACUERDA:

 
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