ACUERDO GUBERNATIVO  288-2023

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Anadie-, para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

*Ampliado el presupuesto de ingresos y egresos por el artículo 1 y 2 del Acuerdo Gubernativo 40-2024


ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 288-2023

Guatemala, 14 de diciembre de 2023


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Consejo Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Conadie-, con base al Decreto Número 16-2010 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, Artículo 13, literal i), aprobó mediante el Acta Ordinaria Conadie Número 07-2023 de fecha 13 de julio de 2023, en el punto Sexto el Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Anadie-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veinticuatro, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo a través del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, establece que los montos asignados no obligan a la realización de los gastos y las autoridades superiores de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Anadie-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, de igual manera, de la cantidad formulada en su presupuesto y la utilización correcta de las asignaciones programadas para el ejercicio fiscal dos mil veinticuatro; correspondiendo la fiscalización a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el referido Decreto, Artículo 17.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 482 de fecha 08 DIC 2023, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución Número 413-2023 de fecha 12 DIC. 2023, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q); y, con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40; y, el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada ley, Artículo 43.


ACUERDA

 
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