ACTA MUNICIPAL 86-2023.2
Se acuerda exonerar el 100% de las multas y recargos que genera el Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI- a los propietarios, poseedores y usufructuarios de bienes inmuebles ubicados en el Municipio de La Libertad, Departamento de Petén.
ACTA No. 86-2023 PUNTO SEGUNDO
Acuérdese emitir el presente Acuerdo Municipal que contiene la exoneración del 100% sobre multa del Impuesto Único sobre Inmuebles.
LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEL DEPARTAMENTO DE EL PETÉN. CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO NÚMERO SESENTA Y UNO (61) DE HOJAS MOVILES, DE ACTAS DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE PETEN, EN DONDE APARECE ASENTADO EL PUNTO SEGUNDO DEL ACTA NUMERO OCHENTA Y SEIS GUION DOS MIL VEINTITRES (86-2023), DE FECHA TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTITRES, DE SESION ORDINARIA, LA QUE COPIADA LITERALMENTE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
SEGUNDO: El Honorable Concejo Municipal del Municipio de La Libertad, Departamento de Petén.
CONSIDERANDO:
Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del Gobierno Municipal y la iniciativa de deliberación y de decisión de los asuntos municipales.
CONSIDERANDO:
Que se tiene a la vista el Informe No. 41-2023 dagb/IUSI, presentado por el Encargado de la Oficina de Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI-, quien expone que los contribuyentes, se han acercado a esta Municipalidad, solicitando las consideraciones para que les sea condonado las multas y recargos por atraso del pago del referido impuesto, dejando a criterio de este órgano colegiado la procedencia del mismo; tomando en cuenta que la Municipalidad debe de ajustarse a la capacidad de los contribuyentes del Impuesto Único Sobre Inmueble del Municipio de la Libertad, Departamento de Petén, y en consideración a la realidad económica nacional de años anteriores, debido al temporal de lluvia que ha provocado pérdidas en las cosechas de los agricultores, la pandemia de COVID19 que han repercutido en la salud de las personas, y diversas situaciones que han afectado a nuestra población, generadores recargos en las multas de sus impuestos a pagar, por lo que el Concejo Municipal, se encuentra en la disposición de condonar la multa de Impuesto Único Sobre Inmueble según su consideración.
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Municipal podrá resolver con el voto favorable de las dos terceras partes del total de los miembros que lo integran la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago en arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale, por unanimidad,
ACUERDA:
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