ACTA  JD.12.2023

Reglamento para la implementación de planes sanitarios.


ACTA NÚMERO: JD.12.2023

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL ACTA DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES No. JD.12.2023, DEL ONCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRÉS, LA CUAL EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

ACTA NUMERO: JD.12.2023... CUARTO PUNTOS CENTRALES: 4.2 Propuesta de modificación del Reglamento de Planes Sanitarios, para aprobación. Los miembros de Junta Directiva por unanimidad aprueban el referido Reglamento y emiten la RESOLUCIÓN siguiente:

JD.02.12.2023


CONSIDERANDO

Que el Decreto Numero 101-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Forestal establece que el Instituto Nacional de Bosques es una entidad estatal, autónoma, descentralizada, con personalidad jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa; es el órgano de dirección y autoridad correspondiente del Sector Público Agrícola, en materia forestal, cuyo órgano superior es la Junta Directiva, que dentro de sus atribuciones le corresponde, dictar las disposiciones necesarias para el funcionamiento eficiente de la institución, el cumplimiento de sus fines y aprobar sus reglamentos internos.


CONSIDERANDO

Que la Ley Forestal establece que le corresponde al INAB tomar las medidas para dar asistencia al propietario, poseedor, arrendatario, ocupante y concesionario del área y adoptar las acciones para proteger la masa boscosa afectada por plagas y enfermedades forestales, y que estas actividades deben ser ejecutadas con carácter de urgencia.


CONSIDERANDO

Que la Junta Directiva del INAB, en cumplimiento a lo regulado en la Ley Forestal, aprobó mediante la resolución numero No. JD.02.20.2018 de fecha 11 de junio de 2018, el Reglamento de Planes Sanitarios, el cual según los estudios y análisis técnicos realizados por la Dirección de Manejo y Restauración de Boques, es necesario actualizar con el objeto de desarrollar de una forma eficiente los procedimientos administrativos de inscripción y los lineamientos que regulen la elaboración e implementación de Planes Sanitarios, que constituyen instrumentos de planificación y operación de las actividades encaminadas al manejo de plagas y enfermedades forestales.


POR TANTO

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, con fundamento en lo anteriormente considerado y regulado en los Artículos 153 y 154 de la Constitución Política de la República de Guatemala. Artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del Decreto Numero 119-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de lo Contencioso Administrativo. Artículos 1, 2, 5, 6, 9, 14, 15, 39, 40, 41, 42, 49 y 60 del Decreto "Numero 101-96 del Congreso de la República de Guatemala Ley Forestal, 30, 31, 32, 33, 34 de la Resolución de Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques JD.01.43.2005, Reglamento de la Ley Forestal.


RESUELVE


Aprobar el Reglamento para la Implementación de Planes Sanitarios


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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