ACUERDO GUBERNATIVO 81-2023
Se acuerda reformar el Acuerdo Gubernativo Número 360-2012 de fecha 26 de diciembre de 2012.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 81-2023
Guatemala, 21 de abril de 2023
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Ley del Organismo Ejecutivo establece que podrá integrarse también por las comisiones temporales, siendo competencia del Presidente de la República crear sus funciones y establecer su temporalidad mediante acuerdo gubernativo por conducto del Ministerio de Gobernación según el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República; por lo que en ese sentido, mediante Acuerdo Gubernativo Número 360-2012 se creó de forma temporal la Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico.
CONSIDERANDO
Que el ejercicio de la función pública debe desarrollarse bajo los principios que la rigen, tales como la solidaridad, subsidiariedad, transparencia, probidad, eficacia, eficiencia, descentralización y participación ciudadana; por lo que es indispensable establecer mecanismos y acciones institucionales que contribuyan en la implementación de políticas, planes y estrategias de gobierno abierto y electrónico, que permitan la transformación de la gestión pública en el marco de los compromisos adquiridos en la Declaración de Gobierno Abierto, promovida por la Alianza para el Gobierno Abierto a efecto de asegurar el desarrollo social y aprovechar el poder de las nuevas tecnologías para hacer que el gobierno sea más efectivo y responsable; y así dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por el Estado de Guatemala. Cabe mencionar, que en el Decreto Número 5-2021 del Congreso de la República de Guatemala, Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, se le otorga a la Comisión funciones específicas como ente encargado de impulsar la simplificación de trámites administrativos, materia que se encuentra en constante evolución y función que pretende garantizar la prestación efectiva del servicio público a favor del usuario. Por lo que, para dar cumplimiento, promoción y seguimiento a la normativa en materia de gobierno abierto, electrónico y simplificación de requisitos y trámites administrativos, es necesario prorrogar la vigencia de la Comisión Presidencial de Gobierno Abierto y Electrónico.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 5 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
REFORMAR EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 360-2012 DE FECHA 26 DE DICIEMBRE
DE 2012
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