ACUERDO GUBERNATIVO  307-2022

Se acuerda aprobar la distribución analítica de la ampliación al Presupuesto General de ingresos y egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2022.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 307-2022
EJERCICIO FISCAL 2022

Guatemala, 09 de diciembre de 2022


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala, por medio del Decreto Número 55-2022 Reforma a la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, Decreto Número 45-2022 del Congreso de la República de Guatemala, aprobó una ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, por la cantidad de DOSCIENTOS MILLONES DE QUETZALES (Q200,000,000), para el apoyo social temporal referido, facultando al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Finanzas Públicas, apruebe mediante Acuerdo Gubernativo la distribución analítica de la ampliación mencionada.


CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Energía y Minas, solicitó incorporar dentro de su Presupuesto de Egresos vigente, los recursos provenientes del Decreto Número 55-2022 Reforma a la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, por la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE QUETZALES (Q25,000,000), con la fuente de financiamiento 12 Disminución de caja y bancos de recursos del tesoro, derivado que el monto de Q 100,000,000 fue incorporado a ese Ministerio a través del Decreto Número 45-2022 Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, para el destino indicado en el citado Decreto; por lo que ambas gestiones suman un total de Q 125,000,000.


CONSIDERANDO

Que es procedente autorizar la Distribución Analítica de la Ampliación Presupuestaria aprobada por el Decreto Número 55-2022 del Congreso de la República de Guatemala, en vista que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 478 de fecha 0 7 DIC 2022, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número, 402-2022 de fecha 0 8 DIC, 2022, Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos, y las autoridades superiores del Ministerio de Energía y Minas serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la Distribución Analítica de la Ampliación Presupuestaria propuesta y la utilización correcta del crédito aprobado mediante el presente Acuerdo Gubernativo, correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme lo que establece el Decreto Número 55-2022 Reforma a la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano, Decreto Número 45-2022 del Congreso de la República de Guatemala, artículos 4 y 5.


ACUERDA

 
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