ACUERDO MINISTERIAL 505-2022
Se acuerda aprobar el incremento de precio de los productos contratados con el señor Werner Leonel Gramajo López, propietario de la empresa mercantil Publiconceptos, mediante el Contrato Abierto (106-02-2019-2020).
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 505-2022
Guatemala, 16 de agosto de 2022
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO
Que la Ley de Contrataciones del Estado regula la fluctuación de precios, entendiéndose por fluctuación de precios el cambio en más (incremento) o en menos (decremento), que sufran los costos de los bienes, suministros, servicios y obras, sobre la base de los precios que figuran en la oferta de adjudicatarios e incorporados al contrato, los que se reconocerán por las partes y los aceptarán para su pago o para su deducción.
CONSIDERANDO
Que el Señor Werner Leonel Gramajo López propietario de la empresa mercantil PUBLICONCEPTOS, proveedora adjudicada dentro del Concurso DGAE número cero dos guion dos mil diecinueve (02-2019), para el suministro y adquisición por parte del Estado de Implementos Deportivos, en la modalidad de compra por Contrato Abierto, solicitó fluctuación de precios en más (incremento), para los precios de los productos adjudicados vigentes identificados como renglones números treinta y cuatro (34), treinta y cinco (35), treinta y seis (36), treinta y siete (37), treinta y ocho (38), treinta y nueve (39), sesenta y cinco (65) ochenta y siete (87) ochenta y nueve (89), ciento dos (102), ciento diez (110), ciento once (111) y ciento doce (112).
CONSIDERANDO
Que oportunamente se obtuvieron los pronunciamientos favorables del Ministerio de Educación, de la Dirección General de Adquisiciones del Estado y de la Dirección de Asesoría Jurídica, ambas dependencias de este Ministerio y en virtud que los productos de los cuales se solicita el incremento son necesarios para la prestación de los servicios de la entidad requirente del referido concurso, que la calidad y las especificaciones técnicas no varían y que el incremento solicitado se enmarca dentro de lo regulado por la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, resulta procedente su aprobación, a excepción del renglón número ochenta y siete (87), en virtud que el incremento solicitado, supera el precio de referencia establecido por el Instituto Nacional de Estadística -INE-, por lo que es necesario emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confieren las literales a) y f) del artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 7 y 46 de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92; 27 literal m) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala; 9 del Acuerdo Gubernativo número 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; así como en lo que para el efecto estipula el subnumeral 2.2.4 de las Bases que rigen el Concurso DGAE número cero dos guion dos mil diecinueve (02-2019) para el suministro y adquisición por parte del Estado de Implementos Deportivos y el Contrato Abierto número ciento seis guion cero dos guion dos mil diecinueve guion dos mil veinte (106-02-2019-2020) de fecha veinte (20) de noviembre de dos mil veinte (2020).
ACUERDA
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