ACUERDO MINISTERIAL  217-2022

Designar en forma permanente y por plazo indefinido como Equipo de Dirección, para el cumplimiento, seguimiento y aplicación de las disposiciones emanadas por los entes rectores en la Normativa del Sistema Nacional de Control Interno Gubernamental.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 217-2022

Guatemala, 26 de abril de 2022


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, cada ministerio estará a cargo de un ministro, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; así como dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio y velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Acuerdo Numero A-028-2021 de fecha 13 de julio del año 2021, la Contraloría General de Cuentas aprobó el Sistema Nacional de Control Interno Gubernamental -SINACIG-, el cual contiene un conjunto de responsabilidades, componentes y normas de control interno que tienen como propósito asegurar el cumplimiento de los objetivos fundamentales de cada entidad a las que se refiere el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, contenida en el Decreto número 31-2002 del Congreso de la República de Guatemala; así mismo, dicho Sistema establece responsabilidades para la Máxima Autoridad, el Equipo de Dirección, Servidores Públicos y Auditores Internos de cada entidad sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de Cuentas; por lo que, es necesario emitir lineamientos generales para su implementación y efectivo cumplimiento.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), c) y m), y 36 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; articulo 4 y 7 del Reglamento Orgánico Interno, Acuerdo Gubernativo número 635-2007 y sus reformas; artículo 2 del Acuerdo Número A-028-2021 de la Contraloría General de Cuentas, de fecha 13 de julio de 2021.


ACUERDA

 
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