DECRETO DEL CONGRESO 8-2022
Ley de Insolvencia.
DECRETO NÚMERO 8-2022
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 118 de la Constitución Política de la República de Guatemala el régimen económico y social del Estado se funda en principios de justicia social.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 119 literal k) de la Constitución Política de la República de Guatemala, es obligación fundamental del Estado proteger la formación de capital y la inversión, ya que el desarrollo económico y social del país requiere de políticas públicas orientadas a crear condiciones para la inversión y reinversión.
CONSIDERANDO:
Que se debe fomentar una economía nacional que facilite el acceso al crédito, la reorganización empresarial, la generación de riqueza y la salvaguarda del empleo de los guatemaltecos. Por lo que es necesario contar con una normativa económica actualizada que regule el proceso concursal, el estado de insolvencia de los deudores y la recuperación del crédito.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE INSOLVENCIA
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
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