ACTA MUNICIPAL 03-2022.5
Se acuerda aprobar las modificaciones y/o actualizaciones al Reglamento para administración, operación y mantenimiento de la prestación del servicio de agua y alcantarillado de la Cabecera Municipal de Sacapulas, Departamento de Quiché.
ACTA NÚMERO 03-2022 PUNTO QUINTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SACAPULAS, DEL DEPARTAMENTO DE QUICHÉ, CERTIFICA: Tener a la vista el libro de actas de sesiones extraordinarias del honorable Concejo Municipal, debidamente autorizado y registrado por la Contraloría General de Cuentas y en el que se encuentra redactada el acta número tres (03) guion dos mil veintidós (2022) de fecha veinticuatro de enero del año dos mil veintidós que en su punto QUINTO hace constar:
Acta No. 03-2022. PRIMERO... QUINTO: Los miembros del Concejo Municipal sesionante CONSIDERANDO: la solicitud presentada por el órgano de coordinación del Consejo Comunitario de Desarrollo -COCODE- de la cabecera municipal de Sacapulas, manifestando previa socialización del contenido del Reglamento para Administración, Operación y Mantenimiento de la prestación del servicio de agua y alcantarillado de la cabecera municipal, en asamblea con los usuarios acordaron aspectos a solicitar a la Municipalidad, en cuanto al servicio que se presta actualmente. CONSIDERANDO: Que la petición concreta es que el Concejo Municipal autorice modificaciones y actualización al Reglamento vigente derivado a que hasta la presente fecha se buscan alternativas para garantizar el adecuado abastecimiento diario del vital líquido acorde a las necesidades de la población en general. CONSIDERANDO: Que el Reglamento para Administración, Operación y Mantenimiento de la prestación del servicio de agua y alcantarillado de la cabecera municipal fue aprobado con el objeto de regularizar el uso adecuado del vital líquido y que de momento se está buscando garantizar el abastecimiento de conformidad con la disponibilidad de distintas fuentes ya sea por gravedad o por bombeo puesto que es una de las competencias propias del municipio. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de toma de decisión de los asuntos municipales y que una de sus principales atribuciones consiste en la emisión de acuerdos y ordenanzas municipales aplicando uno de los principios fundamentales como lo es garantizar el bienestar común y sobre ello normalizar las acciones para la adecuada administración de los distintos servicios públicos siendo el agua para el consumo humano una prioridad. POR TANTO: En ejercicio de las garantías que establecen los Artículos 253 y 254 de la Constitución Política de República de Guatemala; Articulos 2, 3, 5, 7, 9, 33, 35 literales a) e i), 38, 42, 68, 72 del Código Municipal, por mayoría absoluta de votos ACUERDA:
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