ACUERDO MINISTERIAL 504-2022
Se acuerda crear el Programa "Me Supero" con el propósito de reinsertar a la población adolescente y joven fuera del Sistema Educativo Nacional.
*Derogado por el artículo 8 del Acuerdo Ministerial 1621-2024
ACUERDO MINISTERIAL No. 504-2022
Guatemala, 9 de febrero de 2022
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, en los artículos 71, 72 y 74 establece la obligación del Estado de proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna, con el fin de lograr el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal; promover la educación diversificada y la extraescolar.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Legislativo No. 12-91, Ley de Educación Nacional, en el Artículo 31. Establece que la Educación Extraescolar o Paralela, es una modalidad de entrega educacional enmarcada en principios didáctico-pedagógicos, no está sujeta a un orden rígido de grados, edades ni a un sistema inflexible de conocimientos y capacita al educando en el desarrollo de habilidades sociales, culturales y académicos.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Educación, tiene como objetivo primordial atender a la población del sector público del nivel medio, que por diversas razones se encuentran fuera del Sistema Educativo Nacional, o brindar las herramientas básicas para la inserción laboral y productiva, mediante cursos libres de distintas áreas ocupacionales. Para el efecto, es necesario crear el programa "Me supero" a cargo de la Dirección General de Educación Extraescolar, para prestar el servicio educativo a la población en condiciones de exclusión o vulnerabilidad, ofreciendo alternativas de educación flexible que contribuyan a su desarrollo humano integral y a la vinculación de la persona al mundo productivo, acciones que forman parte del Subsistema de Educación Extraescolar o Paralela. El presente Acuerdo Ministerial es de estricto interés Estado.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a), c), e) y m) y 33 literales a), c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; artículos: 30, 31, 32, 76 de la Ley de Educación Nacional del Decreto Número 12-91 del Congreso de la República y, el artículo 12 del Acuerdo Gubernativo 225-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación.
ACUERDA:
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