ACUERDO GUBERNATIVO  250-2021

Se acuerda aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -ANADIE- para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 250-2021

Guatemala, 14 de diciembre de 2021


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Consejo Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Conadic-, con base en lo que establece el Decreto Número 16-2010 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, Artículo 13), literal i), y de conformidad con el punto Quinto del Acta Número 07-2021 de fecha 15 de julio de 2021, remitió el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Anadie-, para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Veintidós, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Anadie-, serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil veintidós; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas, de conformidad con el Artículo 17 del referido Decreto.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen Número 474 del 07 DIC 2021, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 402-2021 del 09 DIC 2021, Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183 literal e), y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40 y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 43.


ACUERDA

 
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