PUBLICACIONES VARIAS 24-12-2021
Reglamento de la administración y fiscalización del timbre y Plan de prestaciones Colegio de Profesionales de Enfermería de Guatemala.
COLEGIO DE PROFESIONALES
DE ENFERMERÍA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO
Que es fin primordial del Colegio de Profesionales de Enfermería de Guatemala mantener el decoro en el ejercicio de su profesión universitaria, incrementar el sentido de solidaridad entre sus miembros, velar por los intereses profesionales de los agremiados, así como defender y proteger el ejercicio de la profesión y velar por el bienestar de los colegiados.
CONSIDERANDO
Que atendiendo a las necesidades del Colegio de Profesionales de Enfermería de Guatemala, y tomando en consideración el constante crecimiento de agremiados, es necesario la emisión del reglamento que permita ser acorde a la realidad las prestaciones pecuniarias que el Colegio pretende otorgar a los agremiados, atendiendo a los fines para los cuales fue creado.
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo estipulado por la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, Decreto 72-2001 Artículo 13 y literal b) y Artículos 10 y 11 de los Estatutos del Colegio de Profesionales de Enfermería y así como en la Ley de Timbre del Colegio de Profesionales de Enfermería de Guatemala y lo establecido en Asamblea General Extraordinaria de fecha 25 de noviembre del 2021, SE APRUEBA EL PRESENTE:
REGLAMENTO
DE LA ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL TIMBRE Y PLAN DE
PRESTACIONES
COLEGIO DE PROFESIONALES DE ENFERMERIA DE GUATEMALA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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