PUBLICACIONES VARIAS  17-12-2021

Reglamento para la administración y prestación del servicio de la toma de riego, de la Asociación Comunitaria denominada comité "Toma de Riego", del Caserío Petzal, Aldea la Barranca, Aguacatán, Huehuetenango.


ASOCIACIÓN COMUNITARIA
DENOMINADA COMITÉ "TOMA DE RIEGO"

LA ASAMBLEA GENERAL DE LA ASOCIACION COMUNITARIA DENOMINADA COMITÉ "TOMA DE RIEGO", CONFORMADA POR PROPIETARIOS Y USUARIOS DE LA TOMA DE RIEGO DEL CASERÍO PETZAL, ALDEA LA BARRANCA, MUNICIPIO DE AGUACATAN, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.

CONSIDERANDO: Que en el municipio de Aguacatán, Huehuetenango, específicamente en el Caserío Petzal, Aldea la Barranca, ha existido una "Toma de riego" que proviene de nacimientos ubicados en Aldea el Manzanillo, Aguacatán, Huehuetenango, comprados por particulares que integramos la asamblea, cuyos nombres obran en nuestros documentos antiguos; quienes hoy en día en nuestra calidad de propietarios de ese proyecto por haber comprado los derechos de paso y los nacimientos respectivos necesitamos materializar mediante reglamento formal los acuerdos y formas de administrar la referida toma en cuanto a su mantenimiento, mejora y/o ampliación que por años hemos realizado en base a nuestra cultura, idiosincrasia, cosmovisión y formas propias de nuestro pueblo y comunidad. CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Aguacatán, Huehuetenango, ha reconocido la personalidad jurídica de nuestra asociación conforme el punto segundo del acta número 022-2021, de fecha 23 de marzo del año dos mil veintiuno, la cual consta en el libro de actas de sesiones ordinarias del concejo municipal de la municipalidad de Aguacatán, Huehuetenango, y en el registro municipal de personas jurídicas conforme acta 02-2021 a folio 118, libro 01, de asociaciones comunitarias y asociaciones de los pueblos indígenas; la cual ha tenido existencia desde el año 1978, cuando fue autorizada por el Gobernador de esa época Coronel Rafael J. Barrios P, la cual ha tenido como objeto la administración eficaz y eficiente de la denominada TOMA DE RIEGO. CONSIDERANDO: Que se hace necesario contar con un reglamento que regule todo lo concerniente a la administración del servicio de la "Toma de riego" (mantenimiento, mejora y/o ampliación), en las comunidades de: de los Caserío Buena Vista y el Caserío Petzal, Aguacatán, Huehuetenango. POR LO TANTO: Con fundamento en lo CONSIDERANDO y basados en los Artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 17 incisos a), f), i, m) 18, 42, del Código Municipal Decreto Legislativo Número 12-2,002, por mayoría absoluta, ACUERDA: Artículo 1) Aprobar el REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION Y PRESTACION DEL SERVICIO DE LA TOMA DE RIEGO, DE LA ASOCIACION COMUNITARIA DENOMINADA COMITÉ "TOMA DE RIEGO", DEL CASERÍO PETZAL, ALDEA LA BARRANCA, AGUACATÁN, HUEHUETENANGO. Artículo 2) Ordenar su Publicación en el Diario Oficial. Artículo 3) Ordenar su impresión, empastado y difusión. Artículo 4) Transcríbase y Remítase a donde corresponda.


REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION Y PRESTACION DEL SERVICIO DE LA TOMA DE RIEGO,
DE LA ASOCIACION COMUNITARIA DENOMINADA COMITÉ "TOMA DE RIEGO", DEL CASERÍO PETZAL,
ALDEA LA BARRANCA, AGUACATÁN, HUEHUETENANGO.


TÍTULO I
GENERALIDADES Y ADMINISTRACIÓN


CAPÍTULO ÚNICO OBJETO, PRINCIPIOS Y ADMINISTRACIÓN

 
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