ACUERDO DE DIRECTORIO 8-2021
Se acuerda reformar el artículo 31 del Acuerdo de Directorio Número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria.
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 8-2021
El Secretario Interino del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Acuerdo de Directorio Número 8-2021, emitido por este Órgano Colegiado en su sesión del veintinueve de octubre del año dos mil veintiuno, en el punto número 11, de la sesión número 80-2021, que textualmente dice:
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 8-2021
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria, preceptúa que la Superintendencia de Administración Tributaria establecerá y desarrollará su estructura y organización interna, creando las intendencias, unidades técnicas y administrativas necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones y su buen funcionamiento;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3 del Acuerdo de Directorio número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria, establece que en la organización interna de la Superintendencia de Administración Tributaria, se observarán los principios generales de jerarquía, flexibilidad, centralización normativa, desconcentración operativa, coordinación, transparencia, eficacia y eficiencia; en ese sentido, con el propósito de asegurar el cumplimiento de los objetivos de la Superintendencia de Administración Tributaria, es necesario redefinir las funciones y competencias que desempeñan sus dependencias administrativas, de manera que las mismas sean congruentes con las necesidades actuales de la Administración Tributaria;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 4 del Acuerdo de Directorio número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria, se definen las competencias, funciones y responsabilidades de las figuras organizativas de primer nivel de la SAT, así como, niveles de autoridad y líneas de mando, con el propósito de cumplir con los objetivos y alcanzar metas institucionales y lograr efectividad en sus procesos. Asimismo, el artículo 5 del citado Reglamento dispone que la creación o modificación de figuras organizativas pertenecientes al primer nivel, es competencia exclusiva del Directorio;
CONSIDERANDO:
Que en el Dictamen Conjunto DCC-SAT-77-2020, de fecha treinta (30) de diciembre de dos mil veinte (2020), emitido por las Intendencias de Aduanas y de Asuntos Jurídicos, las Gerencias, Administrativa Financiera, de Informática, de Infraestructura, de Planificación y Cooperación y de Recursos Humanos, y la Secretaría General, de manera conjunta opinan, que en función del análisis realizado se considera que es viable legal, técnica, administrativa y financieramente que el Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria reforme el artículo 31 del Acuerdo de Directorio número 007-2007, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria, por ser la Intendencia de Aduanas una figura organizativa de primer nivel de la Superintendencia de Administración Tributaria, toda vez que con la actualización de sus funciones vigentes, se armoniza con el ordenamiento jurídico vigente, no genera duplicidad de funciones, y para el presente ejercicio fiscal presupuestario no representa un incremento en la masa salarial o modificación de lo contenido en su Plan Operativo Anual ni se incorporan modificaciones en aspecto de infraestructura, ni contraviene o tergiversa la normativa legal aplicable, siendo conveniente para los intereses de la Superintendencia de Administración Tributaria;
POR TANTO:
Con base a lo considerado, normas citadas y con fundamento en los artículos 3, 6 y en ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 7 literal a) del Decreto Número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria;
ACUERDA:
Aprobar las siguientes,
REFORMAS AL ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 007-2007, REGLAMENTO
INTERNO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
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