ACTA MUNICIPAL 34-2021.6
Reglamento para la administración y funcionamiento del servicio municipal de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos del Municipio de Sayaxché, Departamento de Petén.
ACTA NÚMERO 34-2021 PUNTO SEXTO
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE SAYAXCHÉ, DEPARTAMENTO DE PETÉN CERTIFICA: QUE TIENE A LA VISTA EL LIBRO 295-2020 DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN EL QUE APARECE EL ACTA NUMERO TREINTA Y CUATRO GUIÓN DOS MIL VEINTIUNO (34-2021) DE LA SESION CELEBRADA EL DIA TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, QUE COPIADO LITERALMENTE DICE:
SEXTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPAL MUNICIPIO DE SAYAXCHÉ, DEPARTAMENTO DE PETEN.
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, garantiza que los municipios son instituciones autónomas, y que, en el ejercicio de esa autonomía tienen la potestad entre otras funciones para atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, y el cumplimiento de sus fines propios y que para tales efectos emitirán las ordenanzas y reglamentos que les sean necesarios Esta garantía constitucional se desarrolla en el Código Municipal el cual establece que el Concejo Municipal tiene competencia para emitir y aprobar acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales y promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales, ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida, a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio.
CONSIDERANDO:
Que las Normas de Control Interno Gubernamental señalan que corresponde a la Máxima Autoridad de cada entidad pública, apoyar y promover la elaboración de normativas y procedimientos para dar segundad razonable del cumplimiento de los objetivos y brindar efectividad y eficiencia de las operaciones contabilidad de la información financiera y administrativa conforme a la observancia de leyes y reglamentos.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final.
CONSIDERANDO:
Que en el municipio de Sayaxché, Departamento de Peten, no se cuenta con un reglamento que regule este servicio, por lo que es necesario regularlo.
POR TANTO
Con fundamento en los artículos 253,254,255.259 de la Constitución Política de la República de Guatemala los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 33, 34, 35, inciso a) 72, 73, 74, 75, 100 y 101 del Código Municipal por Unanimidad de votos
ACUERDA
APROBAR
EL REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE
RECOLECCIÓN, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS DEL
MUNICIPIO DE SAYAXCHÉ, PETÉN.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y OPERACIÓN DEL SERVICIO
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
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