ACTA MUNICIPAL 10-2021.4
Se acuerda aprobar la tasa administrativa por concepto de contrato de arrendamiento de servidumbre legal de paso por la cantidad de Q.50.00 anuales y un pago único de Q.150.00 por metro lineal.
ACTA NÚMERO 10-2021 PUNTO CUARTO
LA INFRASCRITA SECRETARÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PARRAMOS DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.
CERTIFICA:
Tener a la vista el libro de actas de sesiones extraordinarias que se lleva en esta Municipalidad, en el que se encuentra el acta número diez guión dos mil veintiuno (10-2,021) de fecha veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno (24/05/2021), de la que proviene el punto cuarto, que copiado literalmente dice:
PUNTO RESOLUTIVO: CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de obtener y disponer de sus recursos, regular el ordenamiento territorial, el control urbanístico y el cumplimiento de los fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos CONSIDERANDO: Que las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios. CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de recursos y le compete al Concejo municipal la iniciativa deliberación y decisión de asuntos municipales. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución política de la república, 3,7, 9,33,35 a) i) n) s) z) 40,42 del Decreto 12-2002 código municipal, por unanimidad ACUERDA:...
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