ACUERDO MINISTERIAL 145-2021
Publicar en el sitio web del Ministerio de Economía, la decisión número 17 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras, que modifica el programa de desgravación arancelaria.
ACUERDO MINISTERIAL No. 145-2021
Guatemala, 22 de marzo de 2021
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado norma sus relaciones con otros Estados, atendiendo a los principios, reglas y prácticas internacionales, formulando conjuntamente políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas; y en ese sentido, la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, señala que es función del Ministerio de Economía, encargarse de la ejecución de los convenios y tratados de comercio internacional vigentes.
CONSIDERANDO:
Que la República de Guatemala suscribió el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, el 9 de agosto de 2007, aprobado por el Congreso de la República de Guatemala a través del Decreto número 10-2009, que cobró vigencia el 12 de noviembre de 2009 y dentro del cual la Comisión Administradora del Tratado, con base en sus atribuciones concedidas en dicho Tratado suscribió la Decisión número 17 en la que decide "Modificar el programa de desgravación arancelaria contenido en el Anexo 3.4 del Tratado para Colombia y Guatemala". Por lo cual, por ser esta Decisión de estricto interés del Estado de Guatemala, se hace necesario emitir el presente Acuerdo Ministerial a fin de darla a conocer a la población en general para su observancia y aplicación.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 27 literales a) y m) y 32 literales c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala,
ACUERDA:
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