DECRETO DEL CONGRESO 1319
Por Razones De Utilidad Colectiva, Beneficio Social E Interés Público, De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Artículo 1 Del Decreto 995, Se Ordena La Expropiación De Todos Los Inmuebles Y Derechos Que Se Encuentren Consignados En El Artículo 1 Del Decret
DECRETO NUMERO 1319
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que para la eficaz y total realización de los fines que determinaron la emisión del Decreto número 1305 de este Congreso, es indispensable ampliar la mencionada ley a fin de que la expropiación en ella ordenada comprenda, además de los raíces puntualizados en su artículo 2º cualesquiera otros que se encuentran dentro del área descrita en el artículo 1º del mencionado decreto;
POR TANTO,
Con fundamento en los artículos 125 y 133 de la Constitución de la República,
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