ACUERDO 4-2020
Se acuerda diferir el pago del impuesto de recreación establecido en el artículo 12 del Decreto 1528, reformado por el artículo 2 del decreto 43-92, ambos del Congreso de la República de Guatemala.
ACUERDO NÚMERO 4-2020
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE RECREACIÓN DE LOS
TRABAJADORES DE LA EMPRESA PRIVADA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que por virtud de Decretos Gubernativos No. 5-2020, 6-2020,7-2020, 8-2020, 9-2020 y 12-2020, ratificados por Decretos No. 8-2020, 9-2020, 21-2020, 22-2020 y 27-2020 del Congreso de la República, a través de los que se declara el estado de calamidad pública en todo el territorio nacional, como consecuencia del pronunciamiento de la Organización Mundial de la Salud que declaró la pandemia generada por el COVID-19, lo que conllevó a una emergencia de salud pública de importancia internacional y nacional, con respuesta en el Plan para la Prevención, Contención y Respuesta a casos de coronavirus (COVID-19) en Guatemala del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
CONSIDERANDO:
Que por virtud de Disposiciones Presidenciales de fecha veintiséis de julio de dos mil veinte se establece un Sistema de Alertas Sanitarias que informan las decisiones de la desescalada y escalada de las restricciones para el monitoreo de la epidemia COVID-19, causada por el virus SARS-Cov-2.
CONSIDERANDO:
Que las medidas decretadas por el Organismo Ejecutivo dentro del Estado de Calamidad Pública, limitan la capacidad de producción del Sector Empresarial en la República de Guatemala y por ende su capacidad de pago y cumplimiento de las obligaciones patronales.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 2, 5, 12, 13, 14, 15 y 24 del Decreto 1528 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 2 y 7 del Acuerdo 02-2004 de Junta Directiva, aprobado por Acuerdo Gubernativo 5-2005, y 1, 8 y 25 del Acuerdo 01-2004 de Junta Directiva, aprobado por Acuerdo Gubernativo 6-2005.
ACUERDA:
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