ACTA MUNICIPAL  21-2020.4

Se acuerda autorizar las rebajas y exoneración de multas y recargos por falta de pago sobre los arbitrios y tasas municipales; dicho beneficio lo obtendrá la población en el período comprendido de la presente fecha al 31-12-2020.


ACTA No. 21-2020 PUNTO CUARTO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JOCOTENANGO, DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ, CERTIFICA: QUE HA TENIDO A LA VISTA EL TOMO No. XXV DE ACTAS DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL, EN EL QUE SE ENCUENTRA EL ACTA NO. 21-2020, DE FECHA CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTE, LA QUE EN LO CONDUCENTE EN SU PUNTO CUARTO: 1) DICE:

PRIMERO ...SEGUNDO...TERCERO...CUARTO: Puntos Varios; 1) El Señor Alcalde informa al Honorable Concejo que a su despacho se ha acercado la población para solicitar rebajas en las multas y recargos que actualmente tienen en los pagos pendientes de IUSI y otras tasas por lo que solicita al Concejo que se autorice dichas rebajas con base a lo que establece el código Municipal, a lo cual se acordó apoyar por unanimidad,


ACUERDO MUNICIPAL No. 15-2020
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
DEL MUNICIPIO DE JOCOTENANGO
CONSIDERANDO:

Que la situación económica por la que atraviesa actualmente nuestro país en general; y con el objetivo de contribuir de manera indirecta a minimizar los estragos financieros de las familias del municipio de Jocotenango, Sacatepéquez; es procedente autorizar la exoneración temporal por concepto de recargos, multas e intereses por mora causados por el incumplimiento en el pago de arbitrios y tasas Municipales,


CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo que establece la Constitución Política de la República, ningún organismo del Estado está facultado para eximir de tasas o arbitrios municipales a personas individuales o jurídicas, salvo las propias municipalidades y lo que al respecto establece esta Constitución.


POR TANTO:

Con base a lo considerando y conforme a los artículos citados y 3,5,9,33,35,105, del Decreto 12-2002 (Código Municipal) y sus reformas; así como los artículos 253,254,255,261, de La Constitución Política De La República De Guatemala, El Honorable Consejo Municipal, por UNANIMIDAD:


ACUERDA:

 
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